Introducción estatuto del consumidor


Pero junto a más derechos, también hay más deberes y unos procedimientos claros de reclamación para los consumidores. Por eso le recomendamos consultar la cartilla didáctica que la Superintendencia de Industria y Comercio tiene en su página (www.sic.gov.co) , mientras tanto, tome nota de estos siete puntos del revolcón que viene con el nuevo Estatuto del Consumidor.

1. Hay garantía legal, así no se lo informen

En varios establecimientos comerciales salen a promoción electrodomésticos en que su menor precio parece ser compensado con ausencia de garantía. Pero eso llegó a su fin. Con el nuevo Estatuto del Consumidor todo artículo nuevo tendrá garantía, sin excepción, y empieza a correr a partir del momento en que se entrega el producto. Si no se dice el tiempo de garantía, será de un año.

Si se trata de productos perecederos, la garantía se extenderá hasta la fecha de vencimiento. Los productos usados tendrán garantía de tres meses, salvo que se informe expresamente que no la tiene. Y una más: los bienes inmuebles tendrán garantía de estabilidad de obra por 10 años.

2. El fin de los asteríscos en la publicidad

Los recurrentes asteriscos y los "aplican condiciones y restricciones" de los anuncios publicitarios y vallas no tendrán ninguna validez si no se informan adecuadamente.

Además en las promociones, si no se indica fecha de inicio, se entenderá que rige a partir del momento en que fue dada a conocer. Esta es una de las cortapisas a lo que el nuevo Estatuto reconoce como %¬publicidad engañosa%¬, es decir, aquella cuyo mensaje no corresponde a la realidad de lo que se ofrece.

Así se castigará a los productos que se venden como milagrosos o que prometen algo distinto a lo que ofrece el producto, cuando no tienen sustento científico real para promocionarse de esa manera.

3. No hay mínimo de cuotas de financiación

El Estatuto determinó que el número de cuotas para pagar un crédito de consumo debe ser pactado de común acuerdo con el consumidor, sin que exista un mínimo. Es más, cuando compre a plazos, en cualquier momento de la vigencia del contrato podrá pagar anticipadamente de forma total o parcial el saldo pendiente de pago, sin que en ningún caso pueda exigirse intereses no causados ni sanciones económicas.

En el caso de electrodomésticos y de más bienes muebles para el hogar, el precio de contado debe ser igual al precio por pago a crédito. En este último caso, el vendedor deberá adicionar el valor del costo de la financiación.

4. La devolución no tiene ningún costo

El nuevo Estatuto del Consumidor es claro en la aplicación del llamado derecho de retracto, con lo que pone fin a las conocidas ventas inducidas o emocionales.

Para ejercer este derecho, el comprador tendrá cinco días hábiles, contados a partir de la fecha de la entrega del bien o de suscrito el contrato de servicios. En todo caso, el proveedor del bien o servicio deberá reintegrar el dinero que pagó en un plazo no mayor a 30 días calendario, sin que proceda hacer descuentos o retenciones de ningún concepto.

Se aplica, de igual manera, para compra de productos con financiación. Hay excepciones para productos confeccionados, perecederos y de apuestas, entre otros.

5. Ventas por internet

Es común encontrar que proveedores de productos o servicios por internet terminan ofreciendo algo que no es lo mismo que recibe el comprador.

Por eso, las compras electrónicas hechas en Colombia deberán estar respaldadas por información detallada de las características y propiedades del bien, independientemente de que se acompañen de imágenes, así mismo se debe notificar la disponibilidad del producto, el tiempo de validez de la oferta, el tiempo en que se tardará la entrega y el precio exacto, incluyendo costos de envío.

Hecha la transacción electrónica, el proveedor tendrá máximo un día para remitir al comprador un acuse de recibo con esta información.

6. Ojo con el recibo del parqueadero

Al usar un parqueadero revise que en el recibo no solo se mencione el valor del servicio y fecha y hora de la recepción del vehículo, sino su identificación y estado en que se encuentra.

Esto será clave para reclamar cualquier daño, ya que el nuevo Estatuto del Consumidor estipula que el proveedor asume la custodia del bien. Pero esa responsabilidad es solo sobre el vehículo y elementos que lo componen. Si usted deja dentro del carro un computador y se lo roban, el parqueadero está eximido de culpa. Además, si no se retira el vehículo dentro del término convenido, el prestador del servicio puede asumir abandono y los costos asociados se cargan al consumidor.

7. El reclamo es primero con el proveedor

Antes de presentar una demanda por incumplimiento de una garantía ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) , se debe agotar la reclamación directa ante el productor o proveedor del bien o servicio. Éste dispone de 15 días hábiles desde el momento en que recibe la reclamación para darle una respuesta al consumidor.

Agotado el paso, la demanda ante la SIC debe presentarse dentro del año siguiente a la expiración de la garantía y ya no requiere actuar por intermedio de un abogado. Además se endurecen las sanciones a los infractores: van desde multas, pasando por el cierre del establecimiento, hasta prohibir la distribución total del bien.